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Recurso interpuesto el 20 de diciembre de 2013 – SACBO/Comisión y TEN-T EA

(Asunto T-692/13)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Società per l’aeroporto civile di Bergamo-Orio al Serio SpA (SACBO SpA) [Grassobbio (BG), Italia] (representantes: G. Greco, M. Muscardini y G. Carullo, abogados)

Demandada: Agencia Ejecutiva de la Red Transeuropea de Transporte (TEN-T EA), Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Con carácter principal, anule la decisión de la TEN-T EA de 23 de octubre de 2013, y todos los actos anteriores señalados, en la medida en que, al confirmar la decisión de 18 de marzo de 2013, consideró no subvencionables los costes externos relativos a las actividades 1, 2.1, 4, 5, 6 y 7, reduciendo de este modo la cofinanciación debida y exigiendo la restitución de 158.517,54 euros, con las consiguientes consecuencias legales.

Con carácter subsidiario, declare la inexistencia de propósito elusivo y de la subdivisión artificial de las actividades objeto de la cofinanciación y, en consecuencia, anule la decisión de la Ten-T EA de 23 de octubre de 2013, y todos los actos anteriores señalados, en la medida en que, al confirmar la decisión de 18 de marzo de 2013, consideró no subvencionables los costes externos relativos a las actividades 1, 2.1, 4, 5, 6 y 7, reduciendo de este modo la cofinanciación debida y exigiendo la restitución de 158.517,54 euros, con las consiguientes consecuencias legales.

En cualquier caso, determine de nuevo la reducción de la financiación indicada por la Comisión en la medida que se considere más adecuada a la luz del principio de proporcionalidad.

Condene en costas a las demandadas.

Motivos y principales alegaciones

La demandante en el presente asunto es la misma del asunto T-270/13, SACBO/Comisión y TEN-T EA (C-207, de 20 de julio de 2013, p. 46).

Debe precisarse al respecto que, en el marco de dicho procedimiento, ambas demandadas han propuesto la excepción de inadmisibilidad del recurso en la medida en que se dirige contra un acto, en su opinión, no definitivo.

Según la demandante, por mera precaución en términos de defensa, se interpone recurso contra la medida adoptada por la Agencia el 23 de octubre de 2013, a fin de denunciar una vez más la ilegalidad de la decisión de reducir la financiación.

Los motivos y principales alegaciones son los ya invocados en el asunto T-270/13.