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Recurso interpuesto el 7 de mayo de 2007 - Lange Uhren/OAMI (marca figurativa que representa un reloj)

(Asunto T-152/07)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Lange Uhren GmbH (Glashütte, Alemania) (representante: M. Schaeffer, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución dictada por la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior, el 15 de febrero de 2007, en el asunto R 1176/2005-1.

Que se declare que las disposiciones del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 1 no se oponen a la publicación de la marca comunitaria nº 2 542 694 para productos de la clase 14 ("relojes de lujo e instrumentos cronométricos; esferas para relojes de lujo").

Con carácter subsidiario, que se declare que la marca comunitaria nº 2 542 694 cuyo registro se solicita tiene carácter distintivo adquirido por el uso en lo que respecta a los productos mencionados de la clase 14, de conformidad con el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 40/94.

Que se condene en costas a la Oficina de Armonización del Mercado Interior.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa que representa un reloj para productos de la clase 14 (solicitud de registro nº 2 542 694).

Resolución del examinador: Denegación de la solicitud de registro.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados:

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94, porque la marca solicitada no carece del carácter distintivo requerido.

Infracción del artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 40/94, porque se ha considerado sobre la base de una concepción jurídica errónea, que la marca solicitada no ha adquirido carácter distintivo por el uso.

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1 - Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO L 11, p. 1).