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Recurso de casación interpuesto el 23 de noviembre de 2020 por PV contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 30 de enero de 2020 en los asuntos acumulados T-786/16 y T-224/18, PV / Comisión

(Asunto C-640/20 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: PV (representante: D. Birkenmaier, Rechtsanwalt)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule la sentencia dictada el 30 de enero de 2020 en los asuntos acumulados T-786/16 y T-224/18.

Que se resuelva el presente litigio y los asuntos acumulados T-786/16 y T-224/18, como prevé el artículo 170 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia.

Condene a la parte demandada a cargar con las costas del asunto C-111/20 P y con todos los demás gastos procesales de los asuntos T-786/16, T-224/18, T-224/18 R1 y T-224/18 R2.

Motivos y principales alegaciones

El primer motivo de casación está relacionado con la interpretación errónea de los artículos 72 TFUE y 270 TFUE, y del artículo 23 del Estatuto de los Funcionarios y con el hecho de que el Tribunal General considero que el Estatuto es la fuente exclusiva de Derecho para resolver los litigios entre los agentes y su institución.

El segundo motivo de casación está relacionado con una infracción del artículo 4 TUE, del artículo 41 de la Carta y del artículo 11 bis del Estatuto.

El tercer motivo de casación se basa en una violación del principio general del Derecho «fraus omnia corrompit» y en una infracción del artículo 36 del Estatuto del Tribunal de Justicia.

El cuarto motivo de casación está relacionado con el rechazo de los artículos 1, 3, 4, 31 y 41 de la Carta, así como de los artículos 1 sexies y 12 bis del Estatuto.

El quinto motivo de casación atañe a la utilización de «declaraciones falsas», y de una interpretación distorsionada del artículo 59, apartado 1, párrafos tercero y quinto, del Estatuto, así como a una infracción de la decisión interna 92-2004 de 6 julio de 2014 de la Comisión.

El sexto motivo de casación está relacionado con faltas dolosas por lo que respecta a la aplicación del principio de la excepción de incumplimiento en las relaciones sinalagmáticas.

El séptimo motivo de casación se basa en una infracción del artículo 41 de la Carta y del artículo 25 del Estatuto, así como en reticencias dolosas vinculadas con una desviación fraudulenta de 21 593,64 euros de salarios atrasados por la PMO.

El octavo motivo de casación está relacionado con una desnaturalización por omisión de las consecuencias vinculadas a la anulación del primer procedimiento disciplinario CMS 13/087.

El noveno motivo de casación está relacionado con una infracción del artículo 15 de la Carta.

El décimo motivo de casación, invocado con carácter subsidiario, está relacionado con una infracción por pronunciarse «ultra petita».

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