Language of document : ECLI:EU:C:2009:329

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 19 de mayo de 2009 (*)

«Intervención»

En el asunto C‑560/08,

que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 17 de diciembre de 2008,

Comisión de las Comunidades Europeas, representada por las Sras. S. Pardo Quintillán y D. Recchia y el Sr. J.-B. Laignelot, en calidad de agentes, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandante,

contra

Reino de España, representado por el Sr. M. Muñoz Pérez, en calidad de agente, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandada,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oído el Abogado General, Sr. M. Poiares Maduro;

dicta el siguiente

Auto

1        Mediante demanda presentada en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 20 de abril de 2009 (fax de 16 de abril), la República de Polonia, representada por el Sr. M. Dowgielewicz, en calidad de agente, solicitó intervenir en el asunto C‑560/08 en apoyo de las pretensiones del Reino de España.

2        La demanda de intervención se presenta en virtud del artículo 40, párrafo primero, del Estatuto del Tribunal de Justicia y ha sido formulada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 93, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

1)      Admitir la intervención de la República de Polonia en el asunto C‑560/08 en apoyo de las pretensiones del Reino de España.

2)      Se fijará un plazo a la parte coadyuvante para que exponga por escrito los motivos que fundamentan sus pretensiones.

3)      El Secretario dará traslado a la parte coadyuvante de todas las actuaciones y escritos procesales.

4)      Reservar la decisión sobre las costas.

Dictado en Luxemburgo, a 19 de mayo de 2009.

El Secretario

 

       El Presidente

R. Grass

 

      V. Skouris


* Lengua de procedimiento: español.