Language of document : ECLI:EU:T:2012:207

AUTO DEL PRESIDENTE
DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL GENERAL

30 de abril de 2012 (1)

«Archivo»

En el asunto T-526/11,

Igar Chemicals, S.L., con domicilio social en Rubí (Barcelona), representada por el Sra. L. Fernández Vaissieres, abogada,

parte demandante,

contra

Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA), representada por la Sra. M. Heikkilä, en calidad de agente, asistida por el Sr. P. Muñiz Fernández, abogado,

parte demandada,

apoyada por

Comisión Europea, representada por la Sra. I. Martínez del Peral y el Sr. E. Manhaeve, en calidad de agentes,

parte coadyuvante,

que tiene por objeto la anulación parcial de la decisión de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) número SME(2011) 0572, de fecha 3 de agosto de 2011.


1        Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal General el 19 de marzo de 2012, la parte demandante informó a dicho Tribunal, con arreglo al artículo 99 del Reglamento de Procedimiento, de que desistía de su recurso y que la cuestión de las costas había sido objeto de un acuerdo con la parte demandada, a tenor del cual cada parte debería soportar sus propias costas.

2        Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal el 27 de marzo de 2012, la parte coadyuvante comunicó que no tenía observaciones sobre el desistimiento.

3        Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal el 10 de abril de 2012, la parte demandada comunicó que no tenía observaciones sobre el desistimiento y que la cuestión de las costas había sido objeto de un acuerdo con la parte demandante, a tenor del cual cada parte debería soportar sus propias costas.

4        A tenor del artículo 87, apartado 5, párrafo segundo, del Reglamento de Procedimiento, en caso de desistimiento y habiendo acuerdo entre las partes sobre las costas, se decidirá con arreglo al mismo.

5        A tenor del artículo 87, apartado 4, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento, las instituciones que intervengan como coadyuvantes en el litigio soportarán sus propias costas.

6        Por lo tanto, procede archivar el asunto y decidir sobre las costas con arreglo al acuerdo al que han llegado las partes.

En virtud de todo lo expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL GENERAL

resuelve:

1)      Archivar el asunto T-526/11, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal General.

2)      Cada parte soportará sus propias costas.

Dictado en Luxemburgo, a 30 de abril de 2012.

El Secretario

 

       El Presidente

E. Coulon

 

        O. Czúcz


1 Lengua de procedimiento: español.