Language of document : ECLI:EU:T:2022:634

SENTENCIA DEL TRIBUNAL GENERAL (Sala Novena)

de 12 de octubre de 2022 (*)

«Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa un acoplamiento para conectar equipos de refrigeración o aire acondicionado con un vehículo de motor — Causas de nulidad — Novedad — Carácter singular — Artículos 5, 6 y 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 6/2002 — Divulgación del dibujo o modelo anterior — Artículo 7 del Reglamento n.º 6/2002 — Alcance de la solicitud de declaración de nulidad — Dibujo o modelo anterior aportado después de la presentación de la solicitud de declaración de nulidad — Artículo 28, apartado 1, letra b), incisos i), v) y vi), del Reglamento (CE) n.º 2245/2002»

En el asunto T‑652/21,

L. Oliva Torras, S. A., con domicilio social en Manresa (Barcelona), representada por la Sra. E. Sugrañes Coca, abogada,

parte recurrente,

contra

Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), representada por el Sr. J. Crespo Carrillo, en calidad de agente,

parte recurrida,

en el que la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, que actúa como parte coadyuvante ante el Tribunal General, es:

Mecánica del Frío, S. L., con domicilio social en Cornellà de Llobregat (Barcelona), representada por el Sr. J. Torras Toll, abogado,

EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Novena),

integrado, durante las deliberaciones, por la Sra. M. J. Costeira, Presidenta, y la Sra. T. Perišin y el Sr. P. Zilgalvis (Ponente), Jueces;

Secretario: Sr. E. Coulon;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos;

habiendo considerado la diligencia de ordenación del procedimiento acordada por el Tribunal General y las observaciones presentadas por la EUIPO en la Secretaría de dicho Tribunal el 12 de julio de 2022;

no habiendo solicitado las partes el señalamiento de vista dentro del plazo de tres semanas a partir de la notificación de la declaración de terminación de la fase escrita del procedimiento y habiéndose decidido, con arreglo al artículo 106, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, resolver el recurso sin fase oral;

dicta la siguiente

Sentencia

1        Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente, L. Oliva Torras, S. A., solicita la anulación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 27 de agosto de 2021 (asunto R 1306/2020‑3) (en lo sucesivo, «resolución impugnada»).

 Antecedentes del litigio

2        El 15 de marzo de 2016, la recurrente presentó ante la EUIPO una solicitud de declaración de nulidad del dibujo o modelo comunitario registrado el 10 de abril de 2013 con el número 2217588‑0001, cuyo titular es la coadyuvante, Mecánica del Frío, S. L. El dibujo o modelo controvertido se representa del siguiente modo:

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3        Los productos a los que está destinado a aplicarse el dibujo o modelo controvertido están comprendidos en la clase 12.16 del Arreglo de Locarno, de 8 de octubre de 1968, que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales, en su versión modificada, y corresponden a la siguiente descripción: «Acoplamientos para vehículos».

4        El dibujo o modelo controvertido se describe en la solicitud de registro como un acoplamiento del tipo utilizado para conectar equipos de refrigeración y aire acondicionado con un vehículo de motor.

5        La causa invocada en apoyo de su solicitud de declaración de nulidad era la prevista en el artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 6/2002 del Consejo, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios (DO 2002, L 3, p. 1).

6        En apoyo de su solicitud, la recurrente invocó la existencia de un dibujo o modelo anterior que representaba un kit de acoplamiento, identificado como pieza «KC11 080 242», y facilitó una reproducción, en modo «renderizado» [imagen digitalizada], de esa pieza (en lo sucesivo, «imagen A»), que figura del siguiente modo en la portada de su manual de montaje, fechado en diciembre de 2011:

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7        Además, aportó al expediente una fotografía correspondiente, según sus afirmaciones, a la pieza «KC11 080 242» que comercializa, reproducida del siguiente modo (en lo sucesivo, «imagen B»):