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Auto del Presidente del Tribunal General de 29 de julio de 2011 - Cemex y otros/Comisión

(Asunto T-292/11 R)

["Procedimiento sobre medidas provisionales - Competencia - Petición de información - Artículo 18, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1/2003 - Demanda de suspensión de la ejecución - Falta de urgencia"]

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandantes: Cemex SAB de CV (Monterrey, México); New Sunward Holding BV (Ámsterdam); Cemex España, S.A. (Madrid); Cemex Deutschland AG (Ratingen, Alemania); Cemex UK (Egham, Surrey, Reino Unido); Cemex Czech Operations s.r.o. (Praga); Cemex France Gestion (Rungis, Francia); y Cemex Austria AG (Langenzersdorf, Austria) (representantes : J. Folguera Crespo, P. Vidal Martínez, H. González Durántez y B. Martínez Corral, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: É. Gippini Fournier, F. Castilla Contreras y C. Hödlmayr, agentes, asistidos por J. Rivas, abogado)

Objeto

Petición de suspensión de la ejecución de la Decisión C(2011) 2361 final de la Comisión, de 30 de marzo de 2011, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 18, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo (asunto COMP/39520 - Cemento y productos relacionados).

Fallo

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

Reservar la decisión sobre las costas.

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