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Sentencia del Tribunal General de 28 de abril de 2015 — CHEMK y KF/Consejo

(Asunto T-169/12) 1

(«Dumping — Importaciones de ferrosilicio originario, en particular, de Rusia — Reconsideración provisional parcial — Cálculo del margen de dumping — Cambio de las circunstancias — Carácter duradero»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Chelyabinsk electrometallurgical integrated plant OAO (CHEMK) (Chelyabinsk, Rusia) y Kuzneckie ferrosplavy OAO (KF) (Novokuznetsk, Rusia) (representante: B. Evtimov, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix, agente, asistido inicialmente por G. Berrisch y A. Polcyn, abogados, posteriormente por G. Berrisch y N. Chesaites, Barrister, y finalmente por D. Gerardin, abogado)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente H. van Vliet, M. França y A. Stobiecka-Kuik, y posteriormente M. França, A. Stobiecka-Kuik y J.-F. Brakeland, agentes) y Euroalliages (Bruselas, Bélgica) (representantes: O. Prost y M.-S. Dibling, abogados)

Objeto

Recurso de anulación parcial del Reglamento de Ejecución (UE) nº 60/2012 del Consejo, de 16 de enero de 2012, por el que se da por concluida la reconsideración provisional parcial, con arreglo al artículo 11, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1225/2009, de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de ferrosilicio originario, entre otros países, de Rusia (DO L 22, p. 1), por cuanto afecta a las demandantes.

Fallo

Desestimar el recurso.

Chelyabinsk electrometallurgical integrated plant OAO (CHEMK) y Kuzneckie ferrosplavy OAO (KF) cargarán con sus propias costas y con aquellas en que haya incurrido el Consejo de la Unión Europea.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

Euroalliages cargará con sus propias costas.

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1 DO C 165, de 9.6.2012.