Language of document : ECLI:EU:T:2015:166





Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 17 de marzo de 2015 —
Mammoet Salvage/Comisión

(Asunto T‑234/14)

«Recurso por omisión y de indemnización — Responsabilidad contractual — Responsabilidad extracontractual — Excepción de inadmisibilidad — Octavo Fondo Europeo de Desarrollo — Trabajos de retirada de 74 pecios en la bahía de Nuadibú — Contrato celebrado entre la demandante y Mauritania y refrendado por la Comisión para su financiación por la Unión — Ejecución del contrato — Posposición de la fecha de finalización de las obligaciones de pago de la Unión como consecuencia del contrato — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamento jurídico»

1.                     Recurso por omisión — Requerimiento a la institución — Requerimiento para que actúe — Inexistencia — Escrito de requerimiento no dirigido a la institución — Inadmisibilidad (Art. 265 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 30 a 35)

2.                     Procedimiento judicial — Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria — Incompetencia del juez de la Unión si no se indica la voluntad de las partes de atribuirle competencia para pronunciarse en un litigio contractual (Art. 272 TFUE) (véanse los apartados 42 a 50)

3.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilegalidad — Perjuicio — Relación de causalidad — Incumplimiento de uno de los requisitos — Desestimación de la totalidad del recurso de indemnización (Art. 340 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 58 a 62 y 66)

4.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Relación de causalidad — Concepto — Comportamiento imputado que constituye la causa determinante del perjuicio (Art. 340 TFUE, párr. 2) (véase el apartado 67)

Objeto

Con carácter principal, pretensión basada en el artículo 265 TFUE que tiene por objeto que se declare que la Comisión no tramitó, contrariamente a Derecho, la solicitud de la demandante de prorrogar la duración de las obligaciones de pago de la Unión como consecuencia del contrato de obra de retirada de 74 pecios en la bahía de Nuadibú (Mauritania), celebrado entre la demandante y la República Islámica de Mauritania y refrendado para su financiación por la Comisión en el marco del octavo Fondo Europeo de Desarrollo y, con carácter subsidiario, pretensión que tiene por objeto que se condene a la Comisión, en el marco de la responsabilidad contractual de la Unión, a abonar a la demandante las facturas emitidas como consecuencia del contrato antes mencionado, y, con carácter subsidiario de segundo grado, pretensión que tiene por objeto que se reconozca la responsabilidad extracontractual de la Unión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Mammoet Salvage.