Language of document : ECLI:EU:T:2016:259





Auto del Tribunal General (Sala Tercera) de 26 de abril de 2016 — EGBA y RGA/Comisión

(Asunto T‑238/14)

«Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Juegos de azar — Ayuda prevista por Francia en favor de sociedades de carreras — Tasa parafiscal sobre las apuestas hípicas en línea — Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado interior — Asociación — Inexistencia de afectación individual — Acto normativo que incluye medidas de ejecución — Inadmisibilidad»

1.                     Procedimiento judicial — Decisión adoptada por medio de auto motivado — Requisitos — Recurso manifiestamente inadmisible o manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 126) (véase el apartado 20)

2.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Concepto de acto reglamentario en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto — Cualquier acto de alcance general a excepción de los actos legislativos — Decisión de la Comisión por la que se declara un régimen de ayudas compatible con el mercado interior — Decisión de la Comisión por la que se declara una ayuda de Estado al sector equino compatible con el mercado interior — Efectos jurídicos con respecto a una categoría de personas general y abstracta — Inclusión (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véanse los apartados 28 a 35)

3.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos normativos que no incluyen medidas de ejecución en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto — Concepto — Decisión de la Comisión por la que se declara una ayuda de Estado al sector equino compatible con el mercado interior — Aplicación medidas nacionales de ejecución — Exclusión (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véanse los apartados 37 a 41)

4.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se declara una ayuda de Estado compatible con el mercado común sin incoar el procedimiento de investigación formal — Recurso de los interesados en el sentido del artículo 108 TFUE, apartado 2 — Admisibilidad — Requisitos (Arts. 108 TFUE, aps. 2 y 3, y 263 TFUE, párr. 4) (véanse los apartados 45 a 47)

5.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Recurso de una asociación profesional de defensa y de representación de sus miembros — Admisibilidad — Requisitos (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véase el apartado 50)

6.                     Procedimiento judicial — Plazo para la proposición de prueba — Artículo 85, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Ámbito de aplicación (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 85, ap. 2, y 92, ap. 7) (véase el apartado 53)

7.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se declara la compatibilidad de una ayuda con el mercado interior — Recurso de una asociación que actúa en el interés colectivo de sus miembros — Afectación individual de los miembros de la asociación — Necesidad de que la asociación demuestre que sus miembros están afectados sustancialmente — Inexistencia — Inadmisibilidad (Arts. 108 TFUE, aps. 2 y 3, y 263 TFUE, párr. 4) (véanse los apartados 57 a 59 y 66 a 69)

8.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se declara la compatibilidad de una ayuda de Estado con el mercado interior tras la finalización del procedimiento de investigación formal — Recurso de una asociación que ha tenido una participación activa en dicho procedimiento — Condición insuficiente para el reconocimiento de la legitimación activa — Inadmisibilidad (Arts. 108 TFUE, aps. 2 y 3, y 263 TFUE, párr. 4) (véanse los apartados 74 y 75)

Objeto

Anulación de la Decisión 2014/19/UE de la Comisión, de 19 de junio de 2013, relativa a la ayuda de Estado SA. 30753 (C 34/10) (ex N 140/10) que Francia tiene previsto ejecutar en favor de las sociedades de carreras (DO 2014, L 14, p. 17).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

European Gaming and Betting Association (EGBA) y The Remote Gambling Association (RGA) cargarán con sus propias costas, así como con las de la Comisión Europea.

3)

La República Francesa cargará con sus propias costas.