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Sentencia del Tribunal General de 26 de mayo de 2016 — Francia e IFP Énergies nouvelles/Comisión

(Asuntos acumulados T-479/11 y T-157/12) 1

[«Ayuda de Estado — Investigación petrolera — Garantía implícita e ilimitada del Estado conferida al Instituto Francés del Petróleo (IFP) por la concesión del estatuto de organismo público de carácter industrial y comercial (EPIC) — Ventaja — Presunción de ventaja»]

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: República Francesa (representantes: inicialmente E. Belliard, G. de Bergues, B. Beaupère-Manokha y J. Gstalter, posteriormente E. Belliard, G. de Bergues, J. Gstalter y S. Menez, después G. de Bergues, S. Menez, D. Colas y J. Bousin, y finalmente G. de Bergues, D. Colas y J. Bousin, agentes) (asunto T-479/11); e IFP Énergies nouvelles (Rueil-Malmaison, Francia) (representantes: inicialmente É. Morgan de Rivery y A. Noël-Baron, posteriormente É. Morgan de Rivery y E. Lagathu, abogados) (asunto T-157/12)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B. Stromsky, D. Grespan y K. Talabér-Ritz, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE mediante el que se solicita la anulación de la Decisión 2012/26/UE de la Comisión, de 29 de junio de 2011, relativa a la ayuda estatal C 35/08 (ex NN 11/08) concedida por Francia al organismo público «Instituto Francés del Petróleo» (DO 2012, L 14, p. 1).

Fallo

Anular el artículo 1, apartados 3 a 5, y los artículos 2 a 12 de la Decisión 2012/26/UE de la Comisión, de 29 de junio de 2011, relativa a la ayuda estatal C 35/08 (ex NN 11/2008) concedida por Francia al organismo público «Instituto Francés del Petróleo».

Desestimar los recursos en todo lo demás.

La Comisión Europea cargará con dos terceras partes de sus propias costas en los asuntos T-479/11 y T-157/12 y con dos terceras parte de las costas de la República Francesa y del IFP Énergies nouvelles.

La República Francesa cargará con una tercera parte de sus propias costas y con una tercera parte de las costas de la Comisión en el asunto T-479/11.

IFP Énergies nouvelles cargará con una tercera parte de sus propias costas y con una tercera parte de las costas de la Comisión en el asunto T-157/12.

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1 DO C 340 de 19.11.2011.