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Sentencia del Tribunal General de 9 de julio de 2014 —Al-Tabbaa/Consejo

(Asuntos acumulados T-329/12 y T-74/13) 1

(«Política extranjera y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Siria — Congelación de capitales y de recursos económicos — Restricciones a la entrada en el territorio de la Unión y al tránsito por él — Derechos de defensa — Derecho a un recurso judicial efectivo — Obligación de motivación — Error de apreciación»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Mazen Al-Tabbaa (Beirut, Líbano) (representantes: M. Lester, Barrister, y G. Martin, Solicitor)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S. Kyriakopoulou y V. Piessevaux, agentes)

Objeto

Anulación de actos del Consejo que contienen medidas restrictivas relativas al demandante, a saber, inicialmente, la Decisión de Ejecución 2012/256/PESC del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L 126, p.9) y el Reglamento de Ejecución (UE) n ° 410/2012 del Consejo, de 14 de mayo de 2012 , por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) n ° 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO L 126, p. 3).

Fallo

Anular la Decisión de Ejecución 2012/256/PESC del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y el Reglamento de Ejecución (UE) n ° 410/2012 del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) n ° 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria en la medida en que afectan al Sr. Mazen Al-Tabbaa.

Anular la Decisión 2012/739/PESC del Consejo, de 29 de noviembre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y por la que se deroga la Decisión 2011/782/PESC y el Reglamento de Ejecución (UE) nº  1117/2012 del Consejo, de 29 de noviembre de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento nº 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria, en la medida en que afectan al Sr. Al-Tabbaa.

Anular el Reglamento de Ejecución (UE) n° 363/2013 del Consejo, de 22 de abril de 2013, por el que se aplica el Reglamento nº 36/2012, y la Decisión de Ejecución 2013/185/PESC del Consejo, de 22 de abril de 2013, por la que se aplica la Decisión 2012/739, en la medida en que afectan al Sr. Al-Tabbaa.

Anular la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria en la medida en que afecta al Sr. Al-Tabbaa.

Mantener los efectos de la Decisión 2013/255 en lo que atañe al Sr, Al-Tabbaa hasta que sea efectiva la anulación parcial del Reglamento de Ejecución nº 36/2013, por el que se aplica el Reglamento nº 36/2012.

Sobreseer el recurso en el asunto T-74/13.

El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las causadas por el demandante en el asunto T-329/12 y con las tres cuartas partes de las costas causadas por éste en el asunto T-74/13.

El demandante cargará con una cuarta parte de sus costas en el asunto T-74/13.

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1 DO C 273, de 8.9.2012.