Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
de 17 de febrero de 2016 — Shoe Branding Europe/adidas
(Asunto C‑396/15 P)
«Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº 207/2009 — Artículo 65 — Marca de posición — Dos bandas paralelas sobre la cara lateral de una zapatilla de deporte — Oposición del titular de las marcas comunitarias y nacionales figurativas y del registro internacional que representa tres bandas paralelas colocadas sobre las zapatillas y prendas — Desestimación de la oposición»
1. Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 15 y 27)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009/CE del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 41 a 43)
3. Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso — Control de la calificación jurídica de los hechos del litigio — Inclusión [Reglamento (CE) nº 207/2009, art. 65] (véanse los apartados 66 y 67)
Fallo
1) | | Desestimar el recurso de casación. |
2) | | Shoe Branding Europe BVBA cargará con sus propias costas. |