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Petición de decisión prejudicial planteada por el Helsingin hallinto-oikeus (Finlandia) el 26 de septiembre de 2023 — B UG

(Asunto C-596/23, Pohjanri) 1

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Helsingin hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandante: B UG

Demandada: Veronsaajien oikeudenvalvontayksikkö

Cuestiones prejudiciales

¿Se opone la Directiva 2008/118/CE, 1 en particular su artículo 36, relativo a la venta a distancia, a una interpretación del Derecho nacional con arreglo a la cual se considera que un vendedor de productos sujetos a impuestos especiales establecido en otro Estado miembro interviene en el transporte de los productos al Estado miembro de destino y que es deudor de los impuestos especiales por la venta a distancia en dicho Estado miembro, solamente por indicar al comprador en su sitio web que debe utilizar los servicios de una determinada empresa de transporte?

¿Ha expedido o transportado directa o indirectamente productos sujetos a impuestos especiales en el sentido del artículo 36, apartado 1, de la Directiva 2008/118, y es deudor del impuesto por la venta a distancia a efectos de dicha Directiva, un vendedor que en su sitio web recomendaba determinadas empresas de transporte e informaba de los costes del transporte resultantes para el comprador, cuando los costes del transporte fueron facturados por una empresa de transporte a la cual se facilitaron los datos de los productos que se debían transportar sin que interviniera en ello el comprador? ¿Es relevante para la respuesta a esta cuestión el hecho de que, para el transporte de los productos, el comprador hubiera celebrado un contrato aparte con el transportista mencionado en el sitio web del vendedor?

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1 La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.

1 Directiva 2008/118/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa al régimen general de los impuestos especiales, y por la que se deroga la Directiva 92/12/CEE (DO 2009, L 9, p. 12).