Language of document : ECLI:EU:T:2012:504





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 27 de septiembre de 2012 — Italia/Comisión

(Asunto T‑257/10)

«Ayudas de Estado — Implantación de una empresa en determinados Estados terceros — Préstamos bonificados — Decisión por la que se declaran las ayudas en parte incompatibles con el mercado común y por la que se ordena su recuperación — Decisión adoptada a raíz de la anulación por el Tribunal General de la decisión inicial relativa al mismo procedimiento — Fuerza de cosa juzgada — Obligación de motivación»

1.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Proyectos de ayudas — Obligación de notificación previa y de suspensión provisional de la ejecución de la ayuda — Alcance — Comunicación posterior de las medidas a la Comisión — Informes anuales sobre los regímenes de ayudas existentes — Insuficiencia [Art. 108 TFUE, ap. 3; Reglamento (CE) nº 659/1999 del Consejo, arts. 2 y 21] (véanse los apartados 24 a 27)

2.                     Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados [Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 21; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 28)

3.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Ayuda otorgada incumpliendo las normas de procedimiento del artículo 108 TFUE — Principio de protección de la confianza legítima — Protección a cargo de los beneficiarios — Invocación por el Estado miembro que otorgó la ayuda — Invocación del principio a cargo de un Estado miembro — Improcedencia — Inactividad de la Comisión durante un período relativamente amplio — Irrelevancia (Arts. 107 TFUE y 108 TFUE) (véase el apartado 29)

4.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Incoación de un procedimiento de investigación formal — Plazo máximo de dos meses — Inaplicabilidad en caso de ayuda no notificada [Art. 108 TFUE, ap. 3; Reglamento (CE) nº 659/1999 del Consejo, art. 4, ap. 6] (véanse los apartados 35 a 37 y 39)

5.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado común y se ordena su devolución — Decisión de la Comisión adoptada con posterioridad a la anulación de una primera decisión por falta de motivación — Principio non bis in idem — Violación — Inexistencia (Art. 107 TFUE) (véase el apartado 41)

6.                     Recurso de anulación — Sentencia anulatoria — Efectos — Obligación de adoptar medidas de ejecución — Alcance — Consideración tanto de los fundamentos como del fallo de la sentencia — Adopción de un nuevo acto basado en los actos preparatorios anteriores — Procedencia (Art. 266 TFUE) (véanse los apartados 44 a 47)

7.                     Recurso de anulación — Motivos — Falta de motivación o motivación insuficiente — Motivo distinto del que impugna la legalidad en cuanto al fondo (Arts. 263 TFUE y 296 TFUE) (véanse los apartados 53, 54 y 74)

8.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Aplicación a los procedimientos administrativos iniciados por la Comisión — Examen de los proyectos de ayuda — Alcance (Art. 108 TFUE) (véanse los apartados 63, 66 y 67)

9.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado común — Calificación del perjuicio para la competencia y para los intercambios entre Estados miembros — Obligación de motivación — Alcance (Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 296 TFUE) (véanse los apartados 75 y 76)

10.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Perjuicio para la competencia — Decisión relativa a ayudas para financiar gastos de penetración comercial en países terceros — Criterios de apreciación (Art. 107 TFUE, ap. 1) (véanse los apartados 77 a 79, 93 a 95, 97, 99 y 100)

11.                     Recurso de anulación — Sentencia anulatoria — Alcance — Fuerza absoluta de cosa juzgada — Alcance — Consideración tanto de los fundamentos como del fallo de la sentencia — Decisión de la Comisión adoptada con posterioridad a la anulación de una primera decisión por falta de motivación (véanse los apartados 104, 111 y 114)

12.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Ayudas de importe reducido — Reglamento (CE) nº 1998/2006 — Ámbito de aplicación — Exclusión de las ayudas en favor de actuaciones ligadas a la exportación — Concepto [Art. 107 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, art. 1, ap. 1, letra d)] (véanse los apartados 117, 119 a 121 y 124)

13.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Ayudas de importe reducido — Fraccionamiento de ayudas que superan el máximo aplicable para que parte de las mismas se acojan a la regla de minimis — Improcedencia (Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 108 TFUE, ap. 3) (véanse los apartados 127 a 130)

14.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Obligación de diligencia del Estado miembro que concede la ayuda y del beneficiario de ésta en cuanto a la comunicación de toda la información pertinente — Inexistencia de observaciones de los interesados — Irrelevancia en la validez de la decisión de la Comisión — Obligación de examinar de oficio datos no expuestos expresamente — Inexistencia [Arts. 107 TFUE, ap. 3, letra c), y 108 TFUE, ap. 2] (véanse los apartados 135 a 137)

15.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Restablecimiento de la situación anterior — Cálculo del importe que se debe recuperar — Préstamo concedido a un tipo preferencial — Devolución de la diferencia entre los intereses pagaderos al tipo del mercado y los efectivamente pagados — Evaluación del tipo de mercado en atención a los tipos de interés aplicados en el momento de la aprobación del préstamo [Art. 108 TFUE; Reglamento (CE) nº 659/1999 del Consejo, art. 14, ap. 1] (véanse los apartados 147 y 150 a 152)

Objeto

Pretensión de anulación de la Decisión 2011/134/UE de la Comisión, de 24 de marzo de 2010, relativa a la ayuda estatal C 4/03 (ex NN 102/02) ejecutada por Italia en favor de Wam SpA (DO 2011, L 57, p. 29).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a la República Italiana.