Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 6 de febrero de 2013 — Maharishi Foundation/OAMI (MÉDITATION TRANSCENDANTALE)
(Asunto T‑426/11)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa MÉDITATION TRANSCENDANTALE — Motivo de denegación absoluto — Resolución de la Sala de Recurso que devuelve el asunto a la División de examen — Artículo 65, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Admisibilidad — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento nº 207/2009 — Público pertinente»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Excepción — Adquisición del carácter distintivo como consecuencia del uso — Marca carente de carácter distintivo en una parte de la Unión — Adquisición de carácter distintivo en esa misma parte [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 3] (véase el apartado 28)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Concepto [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 50 a 53 y 75)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Apreciación del carácter descriptivo de un signo [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 54 y 55)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Marca denominativa MÉDITATION TRANSCENDANTALE [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 62 a 93)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 6 de abril de 2011 (asunto R 1294/2010-2) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo MÉDITATION TRANSCENDANTALE como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Maharishi Foundation Ltd. |