Language of document : ECLI:EU:C:2007:51

Asunto C‑321/03

Dyson Ltd

contra

Registrar of Trade Marks

[Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (England & Wales), Chancery Division]

«Marcas — Aproximación de las legislaciones — Directiva 89/104/CEE — Artículo 2 — Concepto de signo que puede constituir una marca — Receptáculo o compartimento de recogida transparente que forma parte de la superficie externa de una aspiradora»

Sumario de la sentencia

Aproximación de las legislaciones — Marcas — Directiva 89/104/CEE — Signos que pueden constituir una marca

(Directiva 89/104/CEE del Consejo, art. 2)

El artículo 2 de la Directiva 89/140, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, debe interpretarse en el sentido de que el objeto de una solicitud de registro de marcas, que comprende todas las formas imaginables de un receptáculo o compartimento de recogida transparente que forma parte de la superficie externa de una aspiradora no constituye un «signo» en el sentido de dicha disposición y, por tanto, no puede constituir una marca con arreglo al citado artículo.

En efecto, el objeto de tal solicitud, que consiste, en realidad, en una mera propiedad del producto de que se trata, puede revestir una multitud de aspectos diferentes y, por lo tanto, no está determinado. Habida cuenta de la exclusividad inherente al Derecho de marcas, el titular de una marca sobre un objeto indeterminado de esta índole obtendría, en contra del objetivo que persigue el artículo 2 de la Directiva, una ventaja competitiva indebida, en la medida en que estaría facultado para oponerse a que sus competidores pudieran ofrecer aspiradoras que dispongan en su superficie externa de cualquier tipo de compartimento de recogida transparente, con independencia de su forma.

(véanse los apartados 37 a 40 y el fallo)