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Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Cluj (Rumanía) el 11 de febrero de 2021 — NSV, NM / BT

(Asunto C-87/21)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Curtea de Apel Cluj

Partes en el procedimiento principal

Apelantes: NSV y NM

Apelada: BT

Cuestiones prejudiciales

¿Deben interpretarse el artículo 1, apartado 2, el artículo 5 [y] el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE, 1 en el sentido de que no está excluida del control una cláusula relativa al riesgo del tipo de cambio que transpone, en un contrato a título oneroso presidido por relaciones de fuerza, un principio enunciado por una norma supletoria, aplicable a un contrato a título gratuito, norma que presupone la igualdad entre las partes y que no ha sido objeto de evaluación por parte del legislador con el fin de establecer un equilibrio razonable entre los intereses del profesional y del consumidor, en el supuesto de que la transposición se haya realizado por el profesional sin informar, asesorar ni advertir al consumidor, en la fase precontractual, sobre las especificaciones del producto bancario desde la perspectiva de las características de la moneda del préstamo, de modo que el consumidor pueda entender las consecuencias económicas de su compromiso?

¿Debe interpretarse la Directiva 93/13/CEE en el sentido de que la exclusión no se justifica en el supuesto de que existan indicios de que el profesional insertó la cláusula con mala fe, a sabiendas de que la aplicación del principio enunciado por la norma supletoria es idónea para provocar un desequilibrio considerable entre los derechos y las obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor?

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1 Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29).