Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 17 de abril de 2013 —
TCMFG/Consejo
(Asunto T‑404/11)
«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Irán a fin de impedir la proliferación nuclear — Congelación de fondos — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación»
1. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Requisitos mínimos — Incumplimiento — Anulación parcial del acto impugnado (Art. 296 TFUE, párr. 2; Decisión 2010/413/PESC del Consejo, arts. 20, ap. 1, y 24, ap. 3, y anexo II; Decisión 2011/299/PESC del Consejo) (véanse los apartados 19 a 26 y el punto 1 del fallo)
2. Unión Europea — Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Recurso de anulación interpuesto por una entidad a la que afecta una decisión de congelación de fondos — Reparto de la carga de la prueba — Control jurisdiccional (Decisiones del Consejo 2010/413/PESC y 2011/299/PESC) (véanse los apartados 30 y 33 a 38)
3. Recurso de anulación — Sentencia anulatoria — Efectos — Anulación parcial de una decisión sobre la adopción de medidas restrictivas contra Irán — Inexistencia de recurso de anulación interpuesto contra el Reglamento de Ejecución por el que se ejecuta el Reglamento relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán — Mantenimiento de los efectos de la citada decisión durante un período que no puede exceder de dos meses y diez días a partir de la fecha en que se dicta la sentencia — Justificación basada en razones de seguridad jurídica (Art. 264 TFUE, párr. 2; Reglamento de Ejecución (UE) nº 503/2011 del Consejo; Decisiones del Consejo 2010/413/PESC y 2011/299/PESC) (véanse los apartados 42 a 44 y el punto 2 del fallo)
Objeto
| Anulación de la Decisión 2011/299/PESC del Consejo, de 23 de mayo de 2011, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 136, p. 65), en la medida en que afecta a la demandante. |
Fallo
1) | | Anular la Decisión 2011/299/PESC del Consejo, de 23 de mayo de 2011, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en la medida en que afecta a Turbo Compressor Manufacturer (TCMFG). |
2) | | Mantener los efectos de la Decisión 2011/299, en la medida en que afecta a TCMFG, durante un período que no puede exceder de dos meses y diez días a partir de la fecha en que se dicta la presente sentencia. |
3) | | El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las de TCMFG. |
4) | | La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |