Language of document : ECLI:EU:T:2012:627





Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 27 de noviembre de 2012 —
ADEDY y otros/Consejo

(Asunto T‑215/11)

«Recurso de anulación — Decisión dirigida a un Estado miembro para poner remedio a una situación de déficit excesivo — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad»

1.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Afectación directa — Criterios — Decisión del Consejo por la que se intima a un Estado miembro a adoptar medidas para poner remedio a una situación de déficit excesivo — Recurso interpuesto por una organización sindical y por los miembros de dicha organización — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad [Art. 263 TFUE, párr. 4; Reglamento (CE) nº 1467/97 del Consejo, art. 5] (véanse los apartados 62 a 67 y 79 a 100)

2.                     Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Actos que requieren medidas nacionales de aplicación — Posibilidad de que las personas físicas o jurídicas puedan acudir por vía prejudicial para la apreciación de la validez — Obligación de los Estados miembros de establecer las vías de recurso necesarias para garantizar una tutela judicial efectiva — Apertura del recurso de anulación ante el juez de la Unión en caso de inexistencia de vías de recurso ante el órgano jurisdiccional nacional — Exclusión (Art. 19 TUE, ap. 1, párr. 2; arts. 263 TFUE, 267 TFUE y 277 TFUE) (véanse los apartados 101 a 105)

Objeto

Pretensión de anulación de la Decisión 2011/57/UE del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/320/UE dirigida a Grecia con objeto de reforzar y profundizar la supervisión presupuestaria y de formular una advertencia a Grecia a fin de que adopte las medidas para la reducción del déficit, considerada necesaria para poner remedio a la situación de déficit excesivo (DO L 26, p. 15).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Anotati Dioikisi Enoseon Dimosion Ypallilon (ADEDY) y los Sres. Spyridon Papaspyros e Ilias Iliopoulos cargarán con sus propias costas y con las costas del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.