Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 17 de junio de 2008 — FMC Chemical y Arysta Lifesciences/EFSA
(Asunto T‑311/06)
«Recurso de anulación — Recurso por responsabilidad — Directiva 91/414/CEE — Productos fitosanitarios — Dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria — Acto no recurrible — Acto de trámite — Inadmisibilidad»
1. Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios [Art. 230 CE; Reglamento (CE) nº 451/2000 de la Comisión, art. 8, ap. 7; Directiva 91/414/CEE del Consejo] (véanse los apartados 43, 44, 49 y 50)
2. Excepción de ilegalidad — Carácter incidental — Inadmisibilidad del recurso principal (Art. 241 CE) (véanse los apartados 71 y 72)
3. Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 44, ap. 1) (véanse los apartados 77 a 79, 81 y 82)
4. Procedimiento — Diligencias de ordenación del procedimiento — Solicitud de presentación de documentos [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 64, aps. 3, letra d), y 4] (veánse los apartados 86 a 88)
Objeto
| Por una parte, la anulación del dictamen de la EFSA, de 28 de julio de 2006, relativo a la evaluación de la sustancia activa carbofurán, en aplicación de la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (DO L 230, p. 1), y, por otra, la indemnización del perjuicio sufrido. |
Fallo
2) | | FMC Chemical SPRL, Arysta Lifesciences SAS, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), la European Crop Protection Association (ECPA) y la Comisión cargarán cada una con sus propias costas. |