Language of document :

Recurso interpuesto el 17 de marzo de 2016 – Naviera Armas/Commission

(Asunto T-108/16)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: Naviera Armas, SA (Las Palmas de Gran Canaria, España) (representantes: J. Buendía Sierra y Á. Givaja Sanz, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

anule la Decisión de la Comisión Europea de 8 de diciembre de 2015, relativa a la ayuda estatal SA.36628 (2015/NN-2) (DO C 25, p. 2), por la que se declara la inexistencia de ayudas de Estado a favor de la Compañía naviera Fred Olsen S.A., en relación con las medidas adoptadas por el reino de España en el Puerto de las Nieves.

condene a la demandada a cargar con sus propias costas y con las de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

Mediante la Decisión impugnada la Comisión ha determinado que no constituyen ayudas de Estado el presunto derecho exclusivo de Fred Olsen para operar desde el Puerto de las Nieves (Canarias, España), su exoneración total o parcial del pago de las correspondientes tasas portuarias, así como las condiciones de utilización de dicho Puerto que, al excluir a los buques convencionales, supondría igualmente una ventaja injustificada para dicha naviera.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un único motivo, basado en el hecho de haber aportado una motivación suficiente para que la Comisión tuviese dudas razonables respecto a la existencia de ayudas de Estado en favor de Fred Olsen, procediendo a la apertura del procedimiento formal de investigación.

En apoyo de este motivo la parte demandante alega:

que la excesiva duración del examen previo realizado por la Comisión desde que Naviera Armas presentara su denuncia el 26 de abril de 2013 hasta la adopción de la Decisión impugnada, evidencia por sí misma la complejidad del caso, que hubiese requerido la apertura de un procedimiento formal.

que la Decisión impugnada adolece de determinados errores manifiestos en la apreciación de los hechos, como pretender que ninguna empresa solicitase operar en el Puerto de las Nieves con trasbordadores rápidos antes de 2013, que Fred Olsen fuese la única empresa interesada en utilizar el Puerto en los años 90, o que en dicho Puerto sólo puedan operar transbordadores rápidos.

que Fred Olsen viene realizando un uso exclusivo del Puerto de las Nieves desde el año 1991, lo que le otorga una ventaja competitiva que ha sido discrecionalmente concedida por las autoridades españolas.

que Fred Olsen se ha beneficiado durante más de veinte años de una exoneración total de determinadas tasas portuarias.

____________