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Auto del Tribunal de Primera Instancia de 22 de mayo de 2008 - Ott y otros/Comisión

(Asunto T-250/06 P) 1

("Recurso de casación - Adhesión a la casación - Admisibilidad - Función Pública - Funcionarios - Promoción - Ejercicio de promoción 2004 - Atribución de puntos de prioridad - Disposiciones generales de ejecución del artículo 45 del Estatuto - Excepción de ilegalidad - Sustitución de motivos - Recurso de casación en parte infundado y en parte fundado - Litigio en estado de ser juzgado - Desestimación del recurso")

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrentes: Martial Ott (Oberanven, Luxemburgo), Fernando López Tola Luxemburgo, Luxemburgo), y Francis Weiler (Itzig, Luxemburgo) (representante: F. Frabetti, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C. Berardis-Kayser y D. Martin, agentes)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra el auto del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Segunda) de 30 de junio de 2006, Ott y otros/Comisión (F-87/05, aún no publicado en la Recopilación), y que tiene por objeto la anulación de este auto.

Fallo

Anular el auto del Tribunal de la Función Pública (Sala Segunda) de 30 de junio de 2006, Ott y otros/Comisión (F-87/05), en la medida en que en éste se desestima el recurso en tanto ha sido formulado por el Sr. Francis Weiler .

Desestimar el recurso de casación en todo lo demás.

Desestimar la adhesión a la casación.

Desestimar el recurso interpuesto ante el Tribunal de la Función Pública con el número F-87/05, en la medida en que ha sido formulado por el Sr. Francis Weiler.

Los Sres. Martial Ott, Fernando López Tola y Francis Weiler cargarán con sus propias costas relativas a la presente instancia, así como con cuatro quintos de las expuestas por la Comisión. La Comisión cargará con un quinto de sus costas relativas a la presente instancia.

El Sr. Francis Weiler y la Comisión cargarán con sus propias costas relativas al procedimiento ante el Tribunal de la Función Pública.

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1 -

2 - DO C 281, de 18.11.2006.