Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus (Finlandia) el 22 de abril de 2021 — Keskinäinen Vakuutusyhtiö Fennia / Koninklijke Philips N.V.
(Asunto C-264/21)
Lengua de procedimiento: finés
Órgano jurisdiccional remitente
Korkein oikeus
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Keskinäinen Vakuutusyhtiö Fennia
Recurrida: Koninklijke Philips N.V.
Cuestiones prejudiciales
¿Requiere el concepto de «productor» a efectos del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 85/374/CEE 1 que una persona que pone o permite que se ponga su nombre, marca o cualquier otro signo distintivo en el producto se presente también de alguna otra forma como productor de este?
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: ¿A qué aspectos se ha de atender para valorar si una persona se presenta como productor? ¿Es relevante a este respecto que el producto sea fabricado por una filial del titular de la marca y comercializado por otra filial?
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1 Directiva 1999/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 1999, por la que se modifica la Directiva 85/374/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos (DO 1999, L 141, p. 20).