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Recurso de casación interpuesto el 25 de febrero de 2022 por Debregeas et associés Pharma (D & A Pharma) contra el auto del Tribunal General (Sala Octava) dictado el 22 de diciembre de 2021 en el asunto T-381/21, Debrégeas & Associés Pharma / EMA

(Asunto C-136/22 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Debrégeas et associés Pharma (D & A Pharma) (representantes: N. Viguié, avocat y D. Krzisch, avocate)

Otra parte en el procedimiento: Agencia Europea de Medicamentos

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule el auto del Tribunal General (Sala Octava) de 22 de diciembre de 2021 en el asunto T-381/21, Debrégeas & Associés Pharma/EMA.

En consecuencia

Devuelva el asunto al Tribunal General a fin de que la EMA presente sus observaciones sobre el fondo y que el Tribunal General se pronuncie sobre el fondo;

Si el Tribunal de Justicia considera que los autos así lo permiten y decide no devolver el asunto al Tribunal General

Estime las pretensiones formuladas por la recurrente en primera instancia.

Anule la Decisión por la que la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha suprimido el grupo consultivo científico «Scientific Advisory Group on Psychiatry» del Comité de medicamentos de uso humano (CHMP), que se desprende de la convocatoria pública de manifestaciones de interés en convertirse en miembros de los grupos científicos consultivos (SAG) de la EMA, dirigida a los expertos, de 5 de mayo de 2021 y el comunicado de prensa de la EMA de 5 de mayo de 2021.

En cualquier caso,

Condene a la EMA a cargar con los gastos y costas del presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

Mediante su primer motivo, la recurrente sostiene que el Tribunal General no podía considerar, sin incurrir en un error de Derecho acompañado de un error de apreciación, que D & A no tenía interés en ejercitar una acción contra la Decisión impugnada, debido a que una eventual anulación de la Decisión impugnada no le procuraría beneficio alguno, mientras que el perjuicio para la situación de D & A y, en particular, para sus derechos procedimentales ya es cierto, al igual que el beneficio que obtendría de la anulación de la Decisión impugnada, en la medida en que:

D & A ha interpuesto un recurso contra la Decisión de 6 de julio de 2020 que denegó la solicitud de autorización de comercialización, basado, en concreto, en la irregularidad del procedimiento que llevó al dictamen del CHMP por la falta de consulta del SAG Psiquiatría en el procedimiento de reexamen (rec. n.º T-556-20).

La supresión del SAG Psiquiatría la priva de una garantía procedimental como solicitante de una autorización de comercialización de un medicamento psiquiátrico.

Mediante su segundo motivo, la recurrente alega que el Tribunal General no podía considerar, sin incurrir en un error de Derecho acompañado de un error manifiesto de apreciación, que el interés en ejercitar la acción de D & A no es actual ni cierto, sino solamente futuro e hipotético, en tanto D & A ha interpuesto un recurso contra la Decisión de 6 de julio de 2020 que desestimó su solicitud de autorización de comercialización, debido, en particular, a la irregularidad del procedimiento que llevó al dictamen del CHMP por la falta de consulta del SAG Psiquiatría, durante el procedimiento de reexamen (rec. n.º T-556-20).

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