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Sentencia del Tribunal General de 12 de junio de 2013 – HTTS/Consejo

(Asuntos T-128/12 y T-182/12) 1

(«Política exterior y de seguridad común – Medidas restrictivas adoptadas contra Irán a fin de impedir la proliferación nuclear – Congelación de fondos – Error manifiesto de apreciación»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping GmbH (Hamburgo, Alemania) (representantes: J. Kienzle, M. Schlingmann y F. Lautenschlager, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente M. Bishop, Z. Kupčová y F. Naert, posteriormente M. Bishop y Z. Kupčová, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada (asunto T-182/12): República Federal de Alemania (representantes: inicialmente J. Möller, T. Henze y N. Graf Vitzthum, posteriormente J. Möller y T. Henze, agentes

Objeto

En el asunto T-128/12, recurso de anulación de la Decisión 2012/35/PESC del Consejo, de 23 de enero de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 19, p. 22), en la medida en que incluyó a la demandante por nuevos motivos en el anexo II de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 195, p. 39), y del Reglamento de Ejecución (UE) nº 54/2012 del Consejo, de 23 de enero de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 961/2010 relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 19, p. 1), en la medida en que el nombre de la demandante ha sido incluido por nuevos motivos en el anexo VIII del Reglamento (UE) nº 961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 423/2007 (DO L 281, p. 1), y, en el asunto T-182/12, recurso de anulación del Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 961/2010 (DO L 88, p. 1), en la medida en que ha mantenido el nombre de la demandante en la lista de personas y entidades a las que se aplica la congelación de fondos.

Fallo

Acumular los asuntos T-128/12 y T-182/12 a efectos de la sentencia.

Declarar que en el asunto T-128/12, no procede pronunciarse sobre la pretensión dirigida a la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) nº 54/2012 del Consejo, de 23 de enero de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 961/2010 relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán en lo que respecta a HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping GmbH.

Anular la Decisión 2012/35/PESC del Consejo, de 23 de enero de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán en la medida en que incluye el nombre de HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping en el anexo II de la Decisión 2010/413.

Anular el anexo IX al Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 961/2010, en la medida en que se refiere a HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping.

Mantener los efectos que la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en su versión modificada por la Decisión 2012/35, produce frente a HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping desde su entrada en vigor, el vigésimo día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, hasta que produzca efectos la anulación parcial del Reglamento nº 267/2012.

El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las de HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping.

La República Federal de Alemania cargará con sus propias costas.

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1 DO C 157, de 2.6.2012.