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Recurso interpuesto el 23 de mayo de 2007 - R/Comisión

(Asunto F-49/07)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: R (representante: O. Martins, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare admisible la demanda.

En la medida en que fuere necesario, que se declare la nulidad de la decisión de 13 de febrero de 2007, por la que la Comisión desestimó la reclamación y la petición de indemnización por daños y perjuicios de la demandante de 8 de noviembre de 2006 y de la decisión de 19 de diciembre de 2005.

En la medida en que fuere necesario, que se declare la inexistencia de todo el período de prueba como funcionario y de todos los actos producidos en estas circunstancias, y que se declare la nulidad de todos los actos preparatorios y derivados o dirigidos a prolongar los efectos del informe de fin del período de prueba como funcionario, de 10 de enero de 2005, y concretamente el informe llamado intermedio de 11 de agosto de 2004, la nota de la Sra. X de 13 de abril de 2005 y el acto de asignación de un nuevo destino de la Autoridad Facultada para Proceder a los Nombramientos (AFPN) de 3 de marzo de 2005.

En la medida en que fuere necesario, que se declare la nulidad parcial del informe de fin del período de prueba como agente temporal de "investigación" tal como se terminó el 18 de mayo de 2004, en lo relativo a los comentarios realizados por el ratificador.

En la medida en que fuere necesario, que se declare la nulidad de la nota del Director General de la DG ADMIN de 20 de julio de 2005, que deniega la solicitud de asistencia de la demandante de 11 de noviembre de 2004 conforme artículo 24 del Estatuto.

Que se declare la responsabilidad de la Comunidad Europea por todas las decisiones y actos impugnados y la conducta ilegal de la Comisión respecto de la demandante.

Que se conceda a la demandante, si procede, una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por un importe de 2.500.000 euros.

Que se condene en costas a la Comisión.

En la medida en que fuere necesario, que se inste a la Comisión a participar en un procedimiento de conciliación en virtud del artículo 7, apartado 4, del anexo I, del Estatuto del Tribunal de Justicia.

Motivos y principales alegaciones

La demandante acusa a la Comisión de faltas, omisiones y disfunciones en la gestión del personal, que son constitutivas de una actuación ilegal hacia ella y que dan lugar a la responsabilidad de esta institución. Según la demandante, la Comisión incurrió en desviación de poder y vulneró varios requisitos sustanciales de forma, el derecho de defensa y la obligación de motivación. Lo que es más, los actos impugnados adolecen de errores de apreciación manifiestos e infringen el artículo 26 del Estatuto y el Reglamento nº 45/2001, 1 y violan la obligación de asistencia y protección, el deber de asistencia a que se refiere el artículo 24 del Estatuto, y los principios de aptitud para la carrera y de buena administración. Además, la demandante afirma que fue víctima de acoso moral.

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1 - Reglamento (CE) nº 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (DO 2001, L 8, p. 1).