Language of document : ECLI:EU:T:2014:678





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 16 de julio de 2014 — National Iranian Oil Company/Consejo

(Asunto T‑578/12)

«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán a fin de impedir la proliferación nuclear — Congelación de fondos — Recurso de anulación — Entidad de ámbito inferior al estatal — Legitimación activa e interés en ejercitar la acción — Admisibilidad — Obligación de motivación — Elección e indicación de la base jurídica — Competencia del Consejo — Principio de previsibilidad de los actos de la Unión — Concepto de apoyo a la proliferación nuclear — Error manifiesto de apreciación — Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva — Proporcionalidad — Derecho de propiedad»

1.                     Recurso de anulación — Requisitos de admisibilidad — Interés en ejercitar la acción — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Recurso dirigido contra un acto que impone medidas restrictivas contra el demandante — Organización gubernamental que invoca el amparo y las garantías vinculadas a los derechos fundamentales — Inexistencia de disposición alguna que excluya a un Estado tercero del derecho a recurrir — Admisibilidad (Arts. 263 TFUE, párr. 4, y 275 TFUE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47) (véanse los apartados 35 y 36)

2.                     Recurso de anulación — Motivos — Falta de motivación o motivación insuficiente — Motivo distinto del que impugna la legalidad en cuanto al fondo (Arts. 263 TFUE y 296 TFUE) (véase el apartado 44)

3.                     Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Facultad del Consejo, en materia de medidas restrictivas fundadas en el artículo 215 TFUE, para recurrir al procedimiento previsto en el artículo 291 TFUE, ap. 2 [Arts. 215 TFUE y 291 TFUE, ap. 2; Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, art. 46, ap. 2] (véanse los apartados 54 y 55)

4.                     Actos de las instituciones — Reglamentos — Reglamento sobre la adopción de medidas restrictivas contra Irán — Competencias de ejecución que se ha reservado el Consejo — Procedencia — Requisitos — Casos específicos y motivados [Arts. 215 TFUE y 291 TFUE, ap. 2; Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, art. 46, ap. 2] (véanse los apartados 58 a 83)

5.                     Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Decisión de congelación de fondos — Control judicial de la legalidad — Alcance — Artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC — Inclusión [Art. 275 TFUE, párr. 2; Decisiones del Consejo 2010/413/PESC, art. 20, ap. 1, letra c), y 2012/635/PESC, art. 1, ap. 8, letra a)] (véanse los apartados 92 a 96)

6.                     Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Medidas restrictivas contra Irán — Medidas adoptadas en el marco de la lucha contra la proliferación nuclear — Alcance del control [Art. 29 TUE; art. 215 TFUE, ap. 2; Decisiones del Consejo 2010/413/PESC, art. 20, ap. 1, letra c), y 2012/635/PESC, art. 1, ap. 8, letra a); Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, art. 23, ap. 2, letra d)] (véanse los apartados 105 a 108)

7.                     Derecho de la Unión Europeas — Principios — Seguridad jurídica — Normativa de la Unión — Exigencia de claridad y de previsibilidad (véanse los apartados 112, 113 y 115 a 123)

8.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Proporcionalidad — Carácter proporcionado de una medida — Criterios de apreciación (véase el apartado 126)

9.                     Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Restricción del derecho de propiedad — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia [Decisiones del Consejo 2010/413/PESC, art. 20, ap. 1, letra c), y 2012/635/PESC, art. 1, ap. 8, letra a); Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, art. 23, ap. 2, letra d)] (véanse los apartados 127 y 128)

10.                     Derechos fundamentales — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Ámbito de aplicación — Invocación por una persona jurídica de la que se considera que emana de un Estado tercero — Respeto de los derechos y de las libertades fundamentales de todas las personas y entidades a las que afectan las medidas restrictivas — Procedencia [Art. 215 TFUE, ap. 3; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 17, 41 y 47; Decisión 2010/413/PESC del Consejo, considerando 25; Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, considerando 26] (véanse los apartados 169 a 171)

11.                     Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Medidas restrictivas contra Irán — Alcance del control — Exclusión de los elementos puestos en conocimiento de la institución con posterioridad a la adopción de la decisión impugnada [Decisión 2012/635/PESC del Consejo; Reglamento (UE) nº 945/2012 del Consejo] (véase el apartado 177)

Objeto

Recurso de anulación, por un lado, de la Decisión 2012/635/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 282, p. 58), y, por otro lado, del Reglamento de Ejecución (UE) nº 945/2012 del Consejo, de 15 de octubre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán (DO L 282, p. 16).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a National Iranian Oil Company a cargar, además de con sus propias costas, con las costas en que haya incurrido el Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión cargará con sus propias costas.