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Recurso interpuesto el 15 de octubre de 2013 – República Helénica/Comisión

(Asunto T-550/13)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: República Helénica (representantes: I. Chalkias, X. Basakou y A. Vasilopoulou)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión final y definitiva de la Comisión, de 13 de agosto de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), notificada con el número C(2013) 5225 y publicada en el L 219/2013, en el capítulo correspondiente a la República Helénica.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos de anulación:

Con el primer motivo de anulación, basado en la corrección en el régimen de ayudas de transformación de melocotones y peras, la República Helénica sostiene que la imposición de correcciones en el año 2013 tras más de cuatro años de inactividad por parte de la Comisión por unas carencias del sistema de control correspondientes a los ejercicios económicos 2006 y 2007 que ya habían sido detectadas en 2008, vulnera el principio general de seguridad jurídica, del plazo razonable y de la actuación oportuna de la Comisión, debido a la excesiva duración injustificada del procedimiento que perjudica a la República Helénica en la presente coyuntura financiera constituyendo un absoluto imprevisto presupuestario.

Con el segundo motivo de anulación, relativo a la corrección del régimen de ayuda a la transformación de melocotones y peras, la República Helénica sostiene que la Comisión incurrió en error sobre los hechos y no motivó en absoluto al llegar a la conclusión de que no se efectuaron dos controles básicos y proponer una corrección a tanto alzado que ascendía al 10 % y que la cantidad en cuestión no podría en ningún caso superar el 5 %, que se impone en los supuestos en que se detectan carencias en los controles básicos.

Con el tercer motivo de anulación, relativo al sector POSEI – Islas menores del Egeo, la República Helénica sostiene que la decisión de la Comisión carece de motivación concreta que justifique la corrección impuesta.