Language of document : ECLI:EU:T:2012:209

AUTO DE LA PRESIDENTE
DE LA SALA CUARTA DEL TRIBUNAL GENERAL

2 de mayo de 2012 (1)

«Archivo»

En el asunto T-339/11,

Reino de España, representado inicialmente por el Sr. M. Muñoz Pérez, abogado del Estado, posteriormente por el Sr. A. Rubio González, abogado del Estado,

parte demandante,

contra

Comisión Europea, representada por el Sr. F. Jimeno Fernández y el Sr. P. Rossi, en calidad de agentes,

parte demandada,

que tiene por objeto la anulación de la decisión de la Comisión 2011/244/UE, de 15 de abril de 2011, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), [notificada con el número C(2011) 2517] (DO L 102, p. 33), en la medida en que excluye determinados gastos realizados por España.


1        Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal General el 30 de marzo de 2012, la parte demandante informó a dicho Tribunal, con arreglo al artículo 99 del Reglamento de Procedimiento, de que desistía de su recurso, sin formular pretensiones sobre las costas del presente procedimiento.

2        Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal General el 11 de abril de 2012, la parte demandada comunicó que no tenía observaciones sobre el desistimiento, solicitando, al amparo del artículo 87, apartado 5, de dicho Reglamento, que se condenase en costas a la parte demandante.

3        A tenor del artículo 87, apartado 5, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento, la parte que desista será condenada en costas, si así lo hubiera solicitado la otra parte en sus observaciones sobre el desistimiento. En el presente asunto, dado que la parte demandada ha solicitado la condena en costas de la parte demandante, procede condenar a esta última en costas.

4        Por lo tanto, procede archivar el asunto y condenar en costas a la parte demandante.

En virtud de todo lo expuesto,

LA PRESIDENTE DE LA SALA CUARTA DEL TRIBUNAL GENERAL

resuelve:

1)      Archivar el asunto T-339/11, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal General.

2)      Condenar en costas a la parte demandante.

Dictado en Luxemburgo, a 2 de mayo de 2012.

El Secretario

 

      La Presidente

E. Coulon

 

        I. Pelikánová


1 Lengua de procedimiento: español.