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Sentencia del Tribunal General de 6 de febrero de 2014 – CEEES y Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio/Comisión

(Asunto T-342/11) 1

[«Competencia – Prácticas colusorias – Mercado español de estaciones de servicio – Decisión desestimatoria de una denuncia – Reglamento (CE) nº 1/2003 – Incumplimiento de los compromisos convertidos en obligatorios mediante una decisión de la Comisión – Reapertura del procedimiento – Multas sancionadoras – Multas coercitivas»]

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandantes: Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) (Madrid) y Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio (Madrid) (representantes: A. Hernández Pardo y B. Marín Corral, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Baquero Cruz y F. Ronkes Agerbeek, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino de España (representantes: inicialmente, M. Muñoz Pérez; posteriormente, S. Centeno Huerta y, por último, A. Rubio González, Abogados del Estado) y Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A. (representantes: J. Jiménez-Laiglesia Oñate y S. Rivero Mena, abogados)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión de la Comisión C(2011) 2994 final, de 28 de abril de 2011, por la que se desestima la denuncia presentada por las demandantes en relación con las infracciones de las normas sobre la competencia cometidas por Repsol (asunto COMP/39461).

Fallo

Desestimar el recurso.

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) y la Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio cargarán con sus propias costas así como con aquellas en que haya incurrido la Comisión Europea.

El Reino de España cargará con sus propias costas.

Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A., cargará con sus propias costas.

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1 DO C 252, de 27.8.2011.