Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 12 de julio de 2006 — Rossi/OAMI — Marcorossi (MARCOROSSI)
(Asunto T‑97/05)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa comunitaria MARCOROSSI — Marcas nacionales e internacionales denominativas anteriores MISS ROSSI — Marca denominativa comunitaria anterior SERGIO ROSSI — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 46, 47 y 51)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 17 de diciembre de 2004 (asunto R 226/2003‑2), relativa a un procedimiento de oposición entre Sergio Rossi SpA y Marcorossi Srl. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Marcorossi Srl |
Marca comunitaria solicitada: | Marca denominativa MARCOROSSI (solicitud de registro nº 1.405.869 para productos de las clases 18 y 25) |
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: | Sergio Rossi SpA |
Marca o signo invocados en oposición: | Marca MISS ROSSI (marca italiana y marca internacional), para productos de la clase 25, marca SERGIO ROSSI (marca italiana), para productos de la clase 25, y marca SERGIO ROSSI (marca comunitaria), para productos de las clases 3, 18 y 25 |
Resolución de la División de Oposición: | Estimación de la oposición |
Resolución de la Sala de Recurso: | Estimación del recurso y desestimación de la oposición |
Fallo
2) | | La demandante cargará con sus propias costas, así como con las costas de la parte interviniente. |
3) | | La Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) cargará con sus propias costas. |