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Recurso interpuesto el 24 de octubre de 2013 – ISOTIS/Comisión

(Asunto T-562/13)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Koinonia tis Pliroforias Anoichti stis Eidikes Ananges – ISOTIS (Atenas, Grecia) (representante: S. Skliris, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare que la Comisión, al exigir a la demandante un importe de 47.197,93 euros, que abonó la Comisión en el marco del contrato 238940 REACH 112, infringe lo dispuesto en el mencionado contrato.

Declare que la demandante no está obligada a devolver el mencionado importe que abonó la Comisión.

Declare que, en todo caso, la exigencia de la Comisión, antes mencionada, es completamente infundada por lo que respecta a un importe de 13.821,12 euros.

Declare que las condiciones generales de los contratos FP6 no son de aplicación en el marco del contrato 238940 REACH 112 y que, por tanto, la demandante, en el marco del mencionado contrato, no está obligada a abonar ninguna indemnización a tanto alzado (liquidated damages).

Declare que la Comisión, al anunciar su intención de exigir una indemnización a tanto alzado (liquidated damages), basándose en las condiciones generales de los contratos FP6, infringe el mencionado contrato 238940 REACH 112.

Condene a la Comisión a abonar las costas procesales de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del presente recurso, que se basa, por un lado, en la cláusula compromisoria del contrato en cuestión, y, por otro, en el Derecho belga, al que remite el propio contrato, la demandante formula tres motivos.

Primer motivo, basado en la vulneración de la buena fe y de las prácticas comerciales leales por parte de la Comisión. En particular, la demandante sostiene que la Comisión exigió diferentes importes, sin aportar motivos concretos y específicos sobre el fundamento de cada exigencia y que el comportamiento contractual de la Comisión es contrario a lo dispuesto en la Carta de los Derechos Fundamentales. A mayor abundamiento, la demandante aduce que el incumplimiento de sus obligaciones contractuales por la Comisión tiene su origen en su intención de establecer exigencias sobre la base de las condiciones generales de otro tipo de contrato (FP6), diferentes de las que se aplican al contrato de que se trata, REACH 112 (CIP).

Segundo motivo, basado en la infracción de lo dispuesto en la cláusula II.28, apartados 1 y 5, del contrato 238940 REACH 112. Más concretamente, la demandante asevera que la Comisión estableció exigencias sin haber realizado previamente el control en el marco del contrato de que se trata y apeló de modo genérico e indeterminado a los resultados de un control que no atañe al contrato concreto REACH 112.

Tercer motivo, formulado con carácter subsidiario, basado en la mala fe y en el carácter abusivo de la reclamación de la Comisión.