Language of document :

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 22 de febrero de 2006 - Le Levant 001 y otros/Comisión

(Asunto T-34/02) 1

("Ayudas de Estado - Concepto de parte interesada - Requerimiento para presentar observaciones - Decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo HYPERLINK "http://ogma.curia.eu.int:8080/cGTi/html/CelexUrl.html?command=DocNumber&lg=es&source=Celex&numdoc=javascript:OpenURL(('CELEXnumdoc|lg=fr|numdoc=12002E088'),'CELEX');&html=1" 88 CE, apartado 2 - Deducción fiscal para determinadas inversiones en Ultramar - Ayuda al desarrollo vinculada a la construcción naval - Apreciación con arreglo al artículo HYPERLINK "http://ogma.curia.eu.int:8080/cGTi/html/CelexUrl.html?command=DocNumber&lg=es&source=Celex&numdoc=javascript:OpenURL(('CELEXnumdoc|lg=fr|numdoc=12002E087'),'CELEX');&html=1" 87 CE, apartado 1 - Obligación de motivación")

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: EURL Le Levant 001 (París, Francia) y los demás demandantes cuyos nombres figuran en el anexo de la sentencia (representantes: P. Kirch y N. Chahid-Nouraï, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representante: G. Rozet, agente)

Objeto

Una demanda de anulación de la HYPERLINK "http://ogma.curia.eu.int:8080/cGTi/html/CelexUrl.html?command=DocNumber&lg=es&source=Celex&numdoc=32001D0882&html=1" Decisión 2001/882/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2001, relativa a la ayuda estatal concedida por Francia en forma de ayuda al desarrollo para el buque "Le Levant", construido por Alstom Leroux Naval y destinado a la explotación en San Pedro y Miquelón (DO L 327, p. 37).

Fallo

Anular la HYPERLINK "http://ogma.curia.eu.int:8080/cGTi/html/CelexUrl.html?command=DocNumber&lg=es&source=Celex&numdoc=32001D0882&html=1" Decisión 2001/882/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2001, relativa a la ayuda estatal concedida por Francia en forma de ayuda al desarrollo para el buque "Le Levant", construido por Alstom Leroux Naval y destinado a la explotación en San Pedro y Miquelón.

La Comisión cargará con sus propias costas y con las de las demandantes, incluidas las causadas en el procedimiento sobre medidas provisionales.

____________

1 - DO C 109, de 4.5.2002.