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Recurso de casación interpuesto el 10 de diciembre de 2013 por BP contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 30 de septiembre de 2013 en el asunto F-38/12, BP/FRA

(Asunto T-658/13 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: BP (Barcelona) (representantes: L. Levi y M. Vandenbussche, abogados)

Otra parte en el procedimiento: Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la sentencia del Tribunal de la Función Pública de 30 de septiembre de 2013 en el asunto F-38/12.

Por consiguiente, anule la decisión de no renovar el contrato de la recurrente y de transferirla a otro departamento, de 27 de febrero de 2012; ordene a la recurrida a indemnizar a la recurrente por el perjuicio material sufrido estimado en 1.320 euros mensuales a contar desde septiembre de 2012, más intereses de demora al tipo de referencia del Banco Central Europeo incrementado en dos puntos porcentuales; y que ordene a la recurrida a indemnizar el perjuicio moral sufrido por la recurrente estimado ex aequo et bono en 50.000 euros.

Ordene a la recurrida a cargar con las costas de ambas instancias.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte recurrente invoca tres motivos.

Primer motivo, relativo a la decisión de renovar el contrato de la demandante

En primer lugar, la recurrente alega que el Tribunal de la Función Pública vulneró los principios de respeto del derecho de defensa, del derecho a ser oído y de acceso a la información pertinente previstos en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y que distorsionó las pruebas.

En segundo lugar, la recurrente alega que, al no permitir un segundo turno de escritos de alegaciones ni la aportación de pruebas pertinentes en respuesta a las observaciones de la recurrida hechas en la vista, el Tribunal de la Función Pública vulneró los derechos de defensa de la recurrente, incurrió en un error manifiesto de apreciación y negó un juicio justo a la recurrente.

En tercer lugar, la recurrente alga que el Tribunal de la Función Pública incurrió en un error manifiesto al apreciar el primer motivo alegando un error manifiesto de apreciación en la decisión de la recurrida y que distorsionó los hechos y las pruebas.

En cuarto lugar, la recurrente alega un error manifiesto en la apreciación de las alegaciones relativas a las represalias, el desvío de poder y la distorsión de los hechos y de las pruebas.

Segundo motivo, relativo a la decisión de reasignación

En primer lugar, la recurrente alega una apreciación ilegal por parte del Tribunal de la Función Pública de la segunda alegación relativa a una modificación irregular y unilateral de un elemento esencial del contrato de servicio y una discrepancia entre el puesto y el grado, así como la distorsión de las pruebas.

En segundo lugar, la recurrente alega que el Tribunal de la Función Pública incurrió en un error de Derecho al apreciar la alegación de la recurrente relativa a la falta de audiencia por parte de la recurrida antes de adoptar la decisión de traslado y a la vulneración de los derechos de defensa.

Tercer motivo, relativo a la vulneración de los artículos 87, apartado 2, y 88 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública en materia de costas y al incumplimiento de la obligación de motivación.