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Recurso interpuesto el 10 de abril de 2012 - Bolívar Cerezo/OAMI - Renovalia Energy (RENOVALIA)

(Asunto T-166/12)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

Partes

Demandante: Juan Bolívar Cerezo (Granada, España) (representante: I. M. Barroso Sánchez-Lafuente, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Renovalia Energy, SA (Villarobledo, España)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

anule la Resolución de la Primera Sala de Recurso de 26 de enero de 2012 de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) en el asunto R 663/2011-1, y, en su consecuencia, se inscriba la marca comunitaria n° 8 631 814 " RENOVALIA " para distinguir " Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios " en la clase 36;

condene en costas a quien se oponga al presente recurso.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Demandante    

Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa " RENOVALIA " para productos y servicios de las clases 11, 25, 35, 36, 37 y 41 - Solicitud de marca comunitaria n° 8 631 814

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Renovalia Energy, SA

Marca o signo invocado: Marcas españolas denominativas " RENOVA ENERGY " y " RENOVAENERGY " y nombre comercial " RENOVALIA " para servicios de la clase 36

Resolución de la División de Oposición: Estimación parcial de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Se produciría riesgo de confusión entre la prioritaria marca española n° 2 715 975 " RENOVALIA " de la demandante y las marcas españolas oponentes y se instaría ante el tribunal español correspondiente una acción de nulidad contra las marcas españolas oponentes, lo que produciría que estas marcas sean inválidas para oponerse al registro de la marca comunitaria solicitada

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