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Recurso interpuesto el 26 de agosto de 2011 - Globula/Comisión

(Asunto T-465/11)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Globula a.s. (Hodonín, República Checa) (representantes: M. Petite, D. Paemen, A. Tomtsis, D. Koláček y P. Zákoucký, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión, de 27 de junio de 2011, por la que se ordena a la República Checa que revoque la decisión notificada del Ministerio checo de Industria y Comercio, de 26 de octubre de 2010, por la que se concede a la demandante una exención temporal de la obligación de dar a terceros acceso negociado a una Instalación de Almacenamiento Subterráneo de Gas que va a realizarse en Dambořice [C(2011) 4509].

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

Primer motivo, basado en que la demandada aplicó erróneamente el artículo 36, apartado 9, de la Tercera Directiva sobre el gas, 1 en vez de aplicar el artículo 22, apartado 4, de la Segunda Directiva sobre el gas. 2 Como consecuencia de ello, la demandada adoptó erróneamente la decisión impugnada en forma de decisión vinculante en vez de como solicitud informal. Además, al basarse en el plazo del artículo 36, apartado 9, de la Tercera Directiva sobre el gas, la demandada adoptó la decisión impugnada tarde, ya que, con arreglo a la Segunda Directiva sobre el gas, el plazo inicial sólo podía prorrogarse un mes más. Debido a ello, la decisión impugnada carece de efecto jurídico.

Segundo motivo, basado en que la demandada vulneró la confianza legítima de la demandante al haber dado inicialmente garantías precisas, incondicionales y concordantes acerca de cuándo y en qué circunstancias la decisión notificada del Ministerio checo de Industria y Comercio pasaría a ser definitiva, haber posteriormente vuelto a confirmar inequívocamente esto y luego, inesperadamente, haber adoptado la decisión impugnada, que no concuerda con sus declaraciones anteriores.

Tercer motivo, basado en que la demandada infringió los Tratados y las normas jurídicas relativas a su aplicación. A este respecto, la decisión impugnada aplicó Derecho sustantivo incorrecto. La demandante sostiene que las normas sustantivas a la luz de las cuales la Comisión debería haber examinado la decisión impugnada se encuentran recogidas en el artículo 22 de la Segunda Directiva sobre el gas. Por tanto, la Comisión vulneró los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima de la demandante.

Cuarto motivo, basado en que la demandada incurrió en un error manifiesto al apreciar los hechos cuando equivocadamente rechazó la explicación ofrecida por el Ministerio checo de Industria y Comercio de que la demandante era y sigue siendo incapaz de encontrar un socio fiable a largo plazo con arreglo a las normativa checa sobre asignación de capacidad de almacenamiento, aplicable tanto en el momento en que la demandante presentó la solicitud de exención ante el Ministerio como actualmente.

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1 - Directiva 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural y por la que se deroga la Directiva 2003/55/CE (DO 2009, L 211, p. 94).

2 - Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural y por la que se deroga la Directiva 98/30/CE (DO 2003, L 176, p. 57).