Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 11 de abril de 2013 —
CBp Carbon Industries/OAMI (CARBON GREEN)
(Asunto T‑294/10)
«Marca comunitaria — Registro internacional en el que se designa a la Comunidad Europea — Marca comunitaria denominativa CARBON GREEN — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto — Marca denominativa CARBON GREEN [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 19 y 22 a 32)
2. Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina (véase el apartado 33)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 21 de abril de 2010 (asunto R 1361/2009-1) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo CARBON GREEN como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a CBp Carbon Industries, Inc. |