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Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 26 de enero de 2022 — BF / Versicherungsanstalt öffentlich Bediensteter, Eisenbahnen und Bergbau

(Asunto C-52/22)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: BF

Recurrida: Versicherungsanstalt öffentlich Bediensteter, Eisenbahnen und Bergbau

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse los artículos 2, apartados 1 y 2, letra a), y 6, apartado 1, de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, 1 así como los principios de seguridad jurídica, respeto de los derechos adquiridos y efectividad del Derecho de la Unión, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional (como la controvertida en el procedimiento principal) con arreglo a la cual la primera actualización de la pensión de jubilación correspondiente al grupo de funcionarios jubilados, a más tardar, el 1 de diciembre de 2021 (pensión combinada con arreglo a la Ley de pensiones de 1965) se lleva a cabo solamente con efectos a partir del 1 de enero del segundo año natural siguiente a la constitución del derecho de pensión, mientras que la primera actualización de la pensión de jubilación correspondiente al grupo de funcionarios jubilados o que se jubilarán a partir del 1 de enero de 2022 (pensión combinada con arreglo a la Ley de pensiones de 1965) se lleva a cabo con efectos a partir del 1 de enero del primer año natural siguiente a la constitución del derecho de pensión?

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1 Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DO 2000, L 303, p. 16).