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Auto del Tribunal General (Sala Octava) de 30 de junio de 2011 — Tecnoprocess/Comisión

(Asunto T‑403/09)

«Recurso de indemnización — Enriquecimiento sin causa — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Inadmisibilidad»

1.                     Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados — Motivos jurídicos no expuestos en el escrito de interposición del recurso — Remisión global a otros escritos adjuntos a la demanda — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 35, 36 y 45)

2.                     Derecho de la Unión — Principios — Principio que prohíbe el enriquecimiento sin causa de la Unión — Vía de recurso — Recurso de indemnización — Requisito — Enriquecimiento sin base legal de la Unión y empobrecimiento correlativo del demandante (Arts. 235 CE y 288 CE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47) (véase el apartado 43)

Objeto

Recurso en el que se solicita, por una parte, que se constate el enriquecimiento sin causa de la Comisión Europea y de las Delegaciones de la Unión Europea en Marruecos y en Nigeria y, por otra parte, que se condene a la Comisión a abonar la cantidad de 114.069,94 euros más los intereses correspondientes a dicha cantidad.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar en costas a Tecnoprocess Srl.