Auto del Tribunal General (Sala Octava) de 30 de junio de 2011 — Tecnoprocess/Comisión
(Asunto T‑403/09)
«Recurso de indemnización — Enriquecimiento sin causa — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Inadmisibilidad»
1. Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados — Motivos jurídicos no expuestos en el escrito de interposición del recurso — Remisión global a otros escritos adjuntos a la demanda — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 35, 36 y 45)
2. Derecho de la Unión — Principios — Principio que prohíbe el enriquecimiento sin causa de la Unión — Vía de recurso — Recurso de indemnización — Requisito — Enriquecimiento sin base legal de la Unión y empobrecimiento correlativo del demandante (Arts. 235 CE y 288 CE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47) (véase el apartado 43)
Objeto
| Recurso en el que se solicita, por una parte, que se constate el enriquecimiento sin causa de la Comisión Europea y de las Delegaciones de la Unión Europea en Marruecos y en Nigeria y, por otra parte, que se condene a la Comisión a abonar la cantidad de 114.069,94 euros más los intereses correspondientes a dicha cantidad. |
Fallo
1) | | Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) | | Condenar en costas a Tecnoprocess Srl. |