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Comunicación al DO

 

    Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas

    COMUNICACIÓN

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 9 de julio de 2003 en el asunto T-22/01, Petros Efthymiou contra Comisión de las Comunidades Europeas 1

(Funcionarios ( Reembolso de los gastos por misión ( Desplazamientos en avión en clase preferente)

    (Lengua de procedimiento: francés)

En el asunto T-22/01, Petros Efthymiou, funcionario de la Comisión de las Comunidades Europeas, con domicilio en Luxemburgo (Luxemburgo), representado por el Sr. J.N. Louis y la Sra. V. Peere, abogados, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sras. C. Berardis-Kayser y H. Tserepa-Lacombe), que tiene por objeto, por una parte, que se anule la decisión de la Comisión de 24 de marzo de 2000 por la que se establecen "complementos-rectificativos" de las liquidaciones de dietas por misiones y se imputan al demandante las cantidades percibidas en exceso y, por otra, que se condene a la Comisión a devolver al demandante el importe de las retenciones practicadas sobre su retribución en concepto de cantidades percibidas en exceso, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta), integrado por la Sra. V. Tiili, Presidente, y los Sres. P. Mengozzi y M. Vilaras, Jueces; Secretario: Sra. D. Christensen, administradora, ha dictado el 9 de julio de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

    1)Anular la decisión de la Comisión de 24 de marzo de 2000 por la que se establecen "complementos-rectificativos" de las liquidaciones de dietas por misiones y se imputan al demandante las cantidades percibidas en exceso, en la medida en que imputa al demandante, por la misión en La Hague (Francia) del 12 al 18 de septiembre de 1999 una cantidad percibida en exceso que asciende a 1.921 BEF en lugar de 1.291 BEF.

    2)Condenar a la demandada a devolver al demandante la cantidad de 15,62 euros, con intereses de demora a partir del 26 de junio de 2000 al tipo fijado por el Banco Central Europeo para las operaciones principales de refinanciación incrementado en dos puntos.

    3)Desestimar el recurso en todo lo demás.

    4)La demandada soportará sus propias costas así como una sexta parte de las del demandante.

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1 - DO C 79, de 10.03.2001.