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Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Apelacyjny w Warszawie (Polonia) el 4 de enero de 2016 — J. D. / Prezes Urzędu Regulacji Energetyki

(Asunto C-4/16)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Apelacyjny w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Apelante: J. D.

Apelada: Prezes Urzędu Regulacji Energetyki

Cuestión prejudicial

El concepto de energía hidráulica procedente de fuentes de energía renovables que utiliza el artículo 2, letra a), en relación con el artículo 5, apartado 3, y el trigésimo considerando de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE 1 (DO L 140, p. 16), ¿debe entenderse exclusivamente como la energía generada en centrales hidroeléctricas aprovechando la corriente de aguas superficiales interiores, en particular la corriente de los ríos, o también la generada en centrales hidroeléctricas (que no sean unidades de acumulación por bombeo ni centrales hidráulicas de agua fluyente con función de bombeo) situadas en el lugar de vertido de aguas residuales industriales de otras instalaciones?

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1 DO L 140, p.16.