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Recurso interpuesto el 11 de enero de 2006 contra la República Helénica por la Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto C-13/06)

(Lengua de procedimiento: griego)

En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 11 de enero de 2006 un recurso contra la República Helénica formulado por la Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. Dimitris Triantafylou, en calidad de agente, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

1)    Declare que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 13, B, letra a), de la Sexta Directiva, 1 al haber aplicado el IVA a servicios que consisten en la prestación de asistencia en carretera en caso de avería.

2)    Condene en costas a la República Helénica.

Motivos y principales alegaciones

La Comisión considera que el organismo griego de asistencia en carretera (ELPA, Elliniki Leschi Aftokinitou kai Periigiseon, Club del Automóvil y del Turismo Griego), a pesar de no estar sujeto a las Directivas sobre seguros, desarrolla una operación de seguro en el sentido del artículo 13, B, letra a), de la Sexta Directiva IVA.

Se invocan, además de otras versiones lingüísticas de la Directiva:

El principio de neutralidad del IVA, que exige que una misma actividad sea gravada del mismo modo, con independencia de quién la ejerza.

La definición jurisprudencial del sentido de "seguro" (asunto CPP, C-349/96), según la cual éste cubre la asistencia en carretera en caso de avería.

La autonomía de las disposiciones impositivas en relación con el resto de disposiciones comunitarias (Directivas sobre seguros).

La subordinación de la asistencia en carretera por agentes de seguros a la Directiva sobre seguros 73/239 (en su versión modificada por la Directiva 86/641).

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1 - DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54.