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Sentencia del Tribunal General de 15 de enero de 2013 - Welte-Wenu/OAMI - Comisión (EUROPEAN DRIVESHAFT SERVICES)

(Asunto T-413/11) 

["Marca comunitaria - Procedimiento de nulidad - Marca comunitaria figurativa EUROPEAN DRIVESHAFT SERVICES - Motivo de denegación absoluto - Imitación del emblema de una organización internacional intergubernamental - Artículo 7, apartado 1, letra h), del Reglamento (CE) nº 207/2009 - Artículo 6 ter del Convenio de París - Contenido de la solicitud de nulidad - Admisibilidad de nuevos elementos - Artículo 56, apartado 2, y artículo 76 del Reglamento (CE) nº 207/2009 - Regla 37, letra b), inciso iv), del Reglamento (CE) nº 2868/95 - Competencia de la Sala de Recurso en caso de recurso limitado a una parte de la resolución de la División de Anulación"]

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Welte-Wenu GmbH (Neu-Ulm, Alemania) (representante: T. Kahl, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: G. Schneider, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, que interviene ante el Tribunal General: Comisión Europea (representantes: J. Samnadda y F.W. Bulst, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 12 de mayo de 2011 (asunto R 1590/2010-1), relativa a un procedimiento de nulidad entre la Comisión Europea y Welte-Wenu GMBH.

Fallo

Anular el punto 3 de la parte dispositiva de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 12 de mayo de 2011 (asunto R 1590/2010-1), relativa a un procedimiento de nulidad entre la Comisión Europea y Welte-Wenu GmbH, en la medida en que dispone que Welte-Wenu soportará las costas del procedimiento de nulidad y las incluye en la cantidad total de 2.500 euros que Welte-Wenu debe reembolsar a la Comisión Europea.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Welte-Wenu cargará con sus propias costas y con aquellas en que haya incurrido la OAMI. La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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1 - DO C 298, de 8.10.2011.