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Recurso interpuesto el 7 de enero de 2011 - Bank Kargoshaei y otros/Consejo

(Asunto T-8/11)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Bank Kargoshaei, Bank Melli Iran Investment Company, Bank Melli Iran Printing and Publishing Company, Cement Investment & Development Co., Mazandaran Cement Company, Melli Agrochemical Company, Shomal Cement Co. (Teherán) (representantes: L. Defalque y S. Woog, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones de las partes demandantes

Que se anule el apartado 5 de la sección B del anexo a la Decisión 2010/644/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y se deroga la Posición Común 2007/140/PESC, 1 y el apartado 5 de la sección B del anexo VIII al Reglamento (EU) nº 961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 423/2007, 2 y que se anule la decisión contenida en el escrito del Consejo de 28 de octubre de 2010.

Que se declare que el artículo 20, apartado 1, letra b), de la Decisión del Consejo, de 26 de julio de 2010, 3 y el artículo 16, apartado 2, letra a), del Reglamento (CE) (UE) nº 961/2010, son ilegales e inaplicables a las demandantes.

Que se condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso, las demandantes invocan las alegaciones idénticas hechas por la demandante en el asunto T-7/11, Bank Melli Iran/Consejo.

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1 - DO L 281, p. 81.

2 - DO L 281, p. 1.

3 - Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO L 195, p. 39).