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Recurso de casación interpuesto el 17 de septiembre de 2021 por Irish Wind Farmers’ Association Clg, Carrons Windfarm Ltd, Foyle Windfarm Ltd, Greenoge Windfarm Ltd contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) dictada el 7 de julio de 2021 en el asunto T-680/19, Irish Wind Farmers’ Association y otros / Comisión

(Asunto C-578/21 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: Irish Wind Farmers’ Association Clg, Carrons Windfarm Ltd, Foyle Windfarm Ltd, Greenoge Windfarm Ltd (representantes: M. Segura Catalán, abogada, y M. Clayton, avocate)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de las partes recurrentes

Las partes recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia recurrida.

Condenar a la Comisión al pago de las costas del procedimiento de casación y del procedimiento en primera instancia.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las recurrentes invocan dos motivos.

Mediante su primer motivo, las recurrentes alegan que el Tribunal General interpretó erróneamente el artículo 108 TFUE y el artículo 4 del Reglamento 2015/1589 1 al considerar que la evaluación de la medida de ayuda controvertida no exigía la incoación de un procedimiento de investigación formal por la Comisión, dada la inexistencia de graves dificultades en cuanto a la clasificación de dicha medida como ayuda de Estado y en cuanto a su compatibilidad con el mercado interior.

Este primer motivo se divide en seis partes.

Primera parte: se alega que el Tribunal General incurrió en error de Derecho con respecto al alcance de la obligación de la Comisión de investigar las circunstancias fácticas y jurídicas en los casos de ayuda ilegal.

Segunda parte: el Tribunal General incurrió en error de Derecho al tratar de manera diferente la información aportada por los Estados miembros y la aportada por los denunciantes.

Tercera parte: el Tribunal General incurrió en error de Derecho en la apreciación de la duración del examen preliminar.

Cuarta parte: el Tribunal General incurrió en error de Derecho al imponer la carga de la prueba a los denunciantes.

Quinta parte: el Tribunal General incurrió en error de Derecho al no tener en cuenta la incidencia del sistema existente en el Reino Unido sobre el presente asunto.

Sexta parte: el Tribunal General llegó a una conclusión errónea en cuanto al aspecto técnico del método de determinación del valor neto anual (NAV) de las centrales generadoras de electricidad a base de combustibles fósiles.

Mediante su segundo motivo, las recurrentes aducen que el Tribunal General desnaturalizó las pruebas presentadas.

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1 Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015, L 248, p. 9).