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Recurso interpuesto el 17 de diciembre de 2012 - Mory y otros/Comisión

(Asunto T-545/12)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Mory SA (Pantin, Francia), Mory Team (Pantin), y Compagnie française superga d'investissement dans le service (CFSIS) (Miraumont, Francia) (representantes: B. Vatier y F. Loubières, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

Las partes demandantes invocan cinco motivos en apoyo de su recurso contra la Decisión C(2012) 2401 final de la Comisión, de 4 de abril de 2012, por la que la Comisión precisa que la obligación de reembolsar las ayudas de Estado impuesta a las sociedades Sernam por el artículo 2 de la Decisión C(2012) 1616 de la Comisión, de 9 de marzo de 2012, no se extiende a los adquirentes potenciales de los activos del grupo Sernam. 

Primer motivo, basado en la incompetencia de la Comisión para adoptar la Decisión impugnada y el desvío de poder que resultó de ello, ya que la Comisión no tenía competencia para adoptar una Decisión que declara que el procedimiento seguido para ejecutar la Decisión de 9 de marzo de 2012 no constituye una desviación de ésta sin un nuevo examen detallado.

Segundo motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de recurrir al procedimiento de investigación formal en el marco del control de las ayudas de Estado en caso de dudas serias.

Tercer motivo, basado en el carácter contradictorio del objeto y de los motivos, en la medida en que, por una parte, el objeto de la Decisión invocada por la Comisión y el contenido real de ésta no son equivalentes y, por otra, la Decisión emplea criterios contradictorios para apreciar la falta de continuidad económica entre las actividades objeto de la ayuda y el adquirente de esas actividades.

Cuarto motivo, basado en errores manifiestos de apreciación en relación con ii) el objeto de la venta, ii) el precio de la transmisión, iii) el momento en que se produce la transmisión, iv) el grado de independencia de los nuevos propietarios y accionistas y v) la lógica económica de la operación.

Quinto motivo basado en la inexistencia de base jurídica, en la medida en que la Decisión fue adoptada sin comprobar que la cesión de los activos se había realizado por su valor de mercado y sin estudiar las consecuencias del hecho de que el adquirente perteneciera al mismo grupo que el que concedió las ayudas ilegales.

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1 - Ayuda de Estado nº SA.34547 (2012/N) - Francia, objeto de una comunicación al Diario Oficial de la Unión Europea (DO 2012, C 305, p. 10).