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Petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad (Bulgaria) el 19 de diciembre de 2023 — Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» Sofia pri Tsentralno upravlenie na Natsionalna agentsia za prihodite / Bulgarian Posts EAD

(Asunto C-785/23, Bulgarian Posts)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Varhoven administrativen sad

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» Sofia pri Tsentralno upravlenie na Natsionalna agentsia za prihodite

Recurrida en casación: «Bulgarian Posts» EAD

Cuestiones prejudiciales

¿Debe considerarse que los servicios que presta el titular de la licencia para la prestación del servicio postal universal en el territorio de la República de Bulgaria en virtud de contratos individuales celebrados con usuarios de servicios postales constituyen servicios prestados por un «servicio público postal» y que son de «interés general», en el sentido del artículo 132 del título IX, capítulo 2, de la Directiva 2006/112/CE 1 del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, cuando estos contratos individuales estipulan que la prestación deberá cumplir una o, en su caso, todas las condiciones siguientes, a saber: recogida de envíos fuera de los puntos de acceso (la recogida y la distribución se efectúan en la dirección indicada por el cliente); la recogida y la distribución se efectuarán a una hora que se pactará de antemano con el cliente; la frecuencia de recogida y de distribución supera la frecuencia establecida en las normas legales relativas a la calidad del servicio postal universal y a la eficiencia de los servicios, pudiendo también estipularse que se realicen recogidas adicionales a solicitud del cliente más allá de la frecuencia expresamente pactada en el contrato fuera del horario de apertura de las oficinas de correos; prestación del servicio por un precio inferior al autorizado por la Komisia za regulirane na saobshteniata (Comisión Reguladora de las Comunicaciones, la autoridad de regulación nacional que autoriza los precios del servicio postal universal en Bulgaria) o con descuentos superiores a los autorizados por la Comisión Reguladora de las Comunicaciones?

¿Se deriva del artículo 12, segundo guion, de la Directiva 97/67/CE 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio, que los servicios prestados por una persona licenciataria del servicio postal universal no tienen la cualidad de servicio postal universal en el sentido de dicha Directiva si se prestan, de conformidad con un contrato individual, por un precio inferior al autorizado para el tipo correspondiente de servicio postal universal y no se ha acreditado que el precio así pactado cubra los costes de prestación del servicio?

¿Se violan los principios de transparencia y no discriminación consagrados en el artículo 12, cuarto guion, de la Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio, cuando una persona licenciataria de la prestación del servicio postal universal celebra contratos individuales para la prestación del servicio postal universal en los que estipula condiciones para la prestación del servicio diferentes y más favorables en comparación con las condiciones publicadas y de público acceso?

En caso de respuesta afirmativa a la anterior cuestión, ¿constituirá ello un motivo para no tratar las operaciones como operaciones exentas en el sentido del artículo 132 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido?

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1 DO 2006, L 347, p. 1.

1 DO 1998, L 15, p. 14.