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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 24 de mayo de 2004 contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior por la sociedad Freixenet, S.A.

(Asunto T-188/04)

(Lengua de procedimiento: francés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 24 de mayo de 2004 un recurso contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior, formulado por la sociedad Freixenet, S.A., con domicilio social en Sant Sadurní d'Anoia (España), representada por los Sres. Fernand de Visscher, Emmanuel Cornu, Eric De Gryse y la Sra. Donatienne Moreau, abogados.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

Anule la resolución de la Sala Cuarta de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior de 11 de febrero de 2004 y acuerde que la solicitud de marca comunitaria nº 32540 deberá ser publicada con arreglo al artículo 40 del Reglamento nº 40/94.

Con carácter subsidiario, anule la resolución de la Sala Cuarta de Recurso de la Oficia de Armonización del Mercado Interior de 11 de febrero de 2004.

Condene en costas a la Oficina de Armonización del Mercado Interior.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria:Freixenet, S.A.
Marca comunitaria solicitada:

Marca tridimensional con forma de botella esmerilada negra (Solicitud de registro nº 32540)
Productos o servicios:
Productos clasificados en la clase 33 (vinos espumosos)
Resolución de la División de Examen:
Desestimación de la solicitud
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Motivos invocados:
Violación del derecho de defensa y del artículo 73 del Reglamento n° 40/94, 1 en la medida en que la demandante no pudo presentar sus observaciones respecto de todos los hechos, así como la infracción del artículo 7, apartado1, letra b), y del artículo 7, apartado 3, del mismo Reglamento.

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1 - Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO L 11, p. 1).