Language of document : ECLI:EU:T:2013:220





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 25 de abril de 2013 —
Bayerische Motoren Werke/OAMI

(ECO PRO)

(Asunto T‑145/12)

«Marca comunitaria — Registro internacional en el que se designa a la Comunidad Europea — Marca denominativa ECO PRO — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»

1.                     Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Solapamiento de los ámbitos de aplicación de los motivos enunciados en las letras b) y c) del artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 207/2009 [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letras b) y c)] (véanse los apartados 18 y 19)

2.                     Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca denominativa ECO PRO [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 23 a 32 y 34)

3.                     Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca denominativa compuesta por varios elementos — Consideración de la percepción global de la combinación por el público pertinente [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 24)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 18 de enero de 2012 (asunto R 1418/2011‑4) en relación con el registro internacional en el que se designa a la Comunidad Europea del signo denominativo ECO PRO.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Bayerische Motoren Werke AG.